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Mostrando entradas de abril, 2017

Desde cuándo será obligatorio que los comercios acepten el pago con débito

La medida se implementará de manera escalonada desde fin de este mes hasta junio próximo. La posibilidad de cobrar las compras con tarjeta de débito será obligatoria para los comercios desde fin de este mes y hasta junio, de acuerdo a los niveles de facturación de cada negocio. En línea con lo establecido por el Gobierno, todos los comercios deberán contar con el pago con débito, pero existirá un cronograma progresivo para aceptar este medio de pago. El 30 de abril es la fecha estipulada para que se reciban pagos con débito de manera obligatoria en los comercios que hayan facturado cinco millones de pesos o más; en junio, todos los negocios estarán obligados a recibirlo. Para los consumidores no existirá un monto mínimo de compra, las únicas operaciones exceptuadas son aquellas menores a diez pesos, o en localidades de menos de 10.000 habitantes. http://www.lanacion.com.ar/2017304-desde-cuando-sera-obligatorio-que-los-comercios-acepten-el-pago-con-debito

Trámites sólo con DNI digital

Trámites sólo con DNI digital El único documento válido para realizar trámites es el nuevo DNI en formato tarjeta. De acuerdo con lo establecido por el Registro Nacional de las Personas, desde el 1 de abril de 2017 , solamente se podrán realizar trámites con el DNI Digital (DNI en formato tarjeta y DNI celeste). La Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento y el DNI verde perdieron validez para realizar cualquier tipo de trámite. Si todavía no actualizaste tu documento, podés consultar cómo hacerlo en www.dni.gov.ar . http://www.afip.gob.ar/noticias/20170420dni.asp

¿Quiénes se encuentran obligados a presentar las declaraciones juradas?

    Se encuentran obligados a presentar ante este Organismo la declaración jurada de: Impuesto a las Ganancias Declaración jurada informativa: quienes obtengan ingresos brutos anuales iguales o superiores a $500.000 por: El desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive. El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia. Las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y en la medida que hayan estado sujeto al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas. Además de las rentas provenientes de los planes de s

El alias CBU para hacer transferencias bancarias será obligatorio desde junio

El Banco Central i nformó hoy que a partir del próximo 1° de junio todas las cuentas bancarias deberán estar denominadas con un "alias" y que a aquellas que para entonces no cuenten con uno le será asignado "por defecto" como a todas las cuentas que se abran de allí en más. La figura del Alias CBU fue creada el año pasado para dar impulso a las transferencias automáticas al simplificar su trámite e identificación. Se trata de un seudónimo que reemplaza a la CBU, un engorroso compuesto de dos bloques y 22 dígitos en total, por una denominación mucho más fácil de identificar y recordar. Quien quiera generar un "alias CBU", ya se trate de un usuario particular o de una empresa, debe tener en cuenta que podrá ser similar a los nombres utilizados en las redes sociales y correo electrónico porque la idea es que fomente la "canalización de pagos de bienes y servicios en línea, y de una manera accesible y segura", indicó el BCRA. http://www.lanac